Preguntas Frecuentes acerca del nuevo Tope de PTU

3 min. de lecturaúltima actualización: 10.17.2023

1.¿Debo pagar 3 meses de salario de PTU?  No. 

Las utilidades para repartir a partir del año 2022 se encuentran limitadas, ya que en la  fracción VIII del artículo 127 de la LFT se menciona: 

"VIII. El monto de la participación de utilidades tendrá como límite máximo tres meses del salario del trabajador o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años; se aplicará el monto que resulte más favorable al trabajador."​ 

Si después de contemplar los días trabajados y el salario, el monto de PTU es superior a tres meses de sueldo, este se topará a tres meses.  

2. ¿Hubo cambio en el porcentaje de utilidad a repartir?  La regla o proceso para determinar el monto a repartir no cambia, no se debe de provisionar cantidades adicionales. El monto para repartir sigue igual que es el 10% de utilidad. 

Si la suma del monto repartido es menor que el monto a repartir ya no se considera PTU.  

3. ¿Cuánto es el monto para calcular de PTU? El monto para calcular de la regla de 50% proporcional a días y salario no cambia. 

4. ¿Cuáles son los límites para el pago de PTU a los empleados?  Se aplican los limites:  

  • 3 meses salario.  
  • Promedio de pago PTU de últimos 3 años el que conviene al empleado. 

5. ¿Qué pasa con el PTU de un empleado que trabajo en 2 empresas en un ejercicio? Si el empleado estuvo en un proceso de sustitución y trabajo en 2 empresas, le toca participar en el PTU de ambas empresas.  

6. ¿Cuándo debe pagarse el PTU?  El reparto de utilidades deberá efectuarse dentro de los sesenta días después de la fecha en que deba pagarse el impuesto anual (31 de marzo las empresas y 30 de abril las personas físicas) es decir, de 01 de abril al 30 de mayo las personas morales del régimen general (empresas) y el del 01 de mayo al 29 de junio las personas físicas con actividades empresariales y profesionales, así como las personas físicas del régimen de incorporación fiscal. 

7. ¿Qué pasa si un empleado tiene menos de 3 años trabajando en mi empresa? Solamente aplicará la regla del cálculo de tres meses de salario, hasta que acumule 3 años de antigüedad. 

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