La pandemia de COVID-19 ha cambiado la forma en que trabajamos, y el teletrabajo se ha convertido en una opción cada vez más popular. Ante esta nueva realidad, México ha implementado la Norma NOM 037 para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores en el teletrabajo.
Importancia
La Norma Oficial Mexicana 037 (NOM 037) establece los lineamientos y requisitos mínimos que deben cumplirse para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores que realizan sus labores desde casa. Esta norma es de suma importancia, ya que busca proteger a los empleados y evitar riesgos laborales en un entorno no tradicional.
Uno de los aspectos clave de la NOM 037 es la evaluación de riesgos. Las empresas deben realizar una evaluación de los riesgos laborales a los que están expuestos los trabajadores en su entorno de teletrabajo. Esto implica identificar posibles peligros como problemas ergonómicos, falta de iluminación adecuada, ruido excesivo, entre otros, y tomar las medidas necesarias para prevenir accidentes o enfermedades laborales.
Asimismo, la norma establece que los empleadores deben proporcionar a los trabajadores los equipos de protección personal necesarios para realizar su trabajo de manera segura. Esto incluye elementos como sillas ergonómicas, monitores ajustables, teclados y ratones ergonómicos, así como equipos de protección para evitar la fatiga visual y auditiva.
Obligaciones
Las obligaciones para los empleadores bajo la modalidad de teletrabajo incluyen:
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Mantener un listado actualizado de los trabajadores que realizan teletrabajo.
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Establecer una política de teletrabajo por escrito que cumpla con el contrato colectivo de trabajo o reglamento interior de trabajo.
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Informar a los trabajadores y a la comisión mixta de seguridad e higiene sobre los riesgos asociados con el teletrabajo.
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Contar con listas de verificación que evalúen las condiciones de seguridad y salud en el teletrabajo, así como las medidas de seguridad en el lugar de trabajo establecidas por la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene.
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Documentar los procesos de implementación del teletrabajo en caso de cambio de modalidad en un centro de trabajo.
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Proporcionar los insumos necesarios para que los trabajadores puedan desempeñar sus actividades de manera segura.
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Establecer y documentar programas para el mantenimiento de los equipos de Tecnologías de la Información y Comunicación proporcionados a los trabajadores.
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Capacitar a los trabajadores al menos una vez al año sobre las condiciones de seguridad y salud en el lugar de trabajo.
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Establecer protocolos para que los trabajadores puedan regresar a la modalidad presencial si existen condiciones que justifiquen el regreso.
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Realizar exámenes médicos según lo establecido por la NOM-030-STPS-2009 y dar seguimiento a los avisos de accidentes relacionados con el teletrabajo.
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Contar con herramientas de atención para casos de violencia familiar y facilitar el regreso temporal o permanente a la modalidad presencial si es necesario.
Obligaciones para los empleados bajo la modalidad de teletrabajo:
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Proporcionar facilidades para una comprobación física de las condiciones de seguridad y salud en el lugar designado para el teletrabajo.
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Cumplir con la política de teletrabajo establecida por el empleador.
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Informar al patrón y a la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene sobre cualquier alteración en las condiciones de seguridad y salud en el trabajo o casos de fuerza mayor que afecten.
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Resguardar y mantener en buen estado los equipos y mobiliario proporcionados para el teletrabajo, cumpliendo con las disposiciones de seguridad y salud en el trabajo y sometiéndose a exámenes médicos, según la NOM-030-STPS-2009.
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Observar las políticas y mecanismos de protección de datos e información establecidos por el patrón.
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Informar al patrón de cualquier cambio de domicilio relacionado con el teletrabajo.
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Participar en la capacitación sobre riesgos en el teletrabajo proporcionada por el empleador.
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