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El impuesto por concepto de remuneración al trabajo personal, prestado bajo la subordinación a un patrón, o mejor conocido como impuesto sobre nómina, es estatal y puede variar en cada entidad, por lo que se debe consultar la ley de hacienda, miscelánea fiscal, código fiscal o financiero correspondiente a cada estado y en la publicación más reciente.
Este impuesto grava los pagos realizados en dinero o en especie a los empleados de un patrón. Obliga a cualquier persona física o moral que tenga gente subordinada y que remunere en especie o dinero el trabajo. La base para el cálculo del impuesto es el monto de los pagos a los trabajadores, es decir la nómina.
En cada estado se especifican las percepciones gravadas, lo que se puede exentar, el porcentaje del impuesto, la frecuencia de presentación de la declaración y los estímulos fiscales. También, se define el procedimiento para pagar, en algunos estados se puede realizar el pago en línea dentro de los portales de gobierno.
A continuación, se resume el porcentaje y frecuencia de pagos de este impuesto en cada uno de los estados de la República Mexicana. Se agregan también algunos enlaces a los documentos publicados de la ley de hacienda y al portal de pago en línea de cada entidad.
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